{"id":195331,"date":"2024-10-23T14:12:04","date_gmt":"2024-10-23T19:12:04","guid":{"rendered":"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/?p=195331"},"modified":"2024-10-23T14:12:07","modified_gmt":"2024-10-23T19:12:07","slug":"presentan-iniciativa-para-blindar-propuestas-legislativas-de-morena","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/presentan-iniciativa-para-blindar-propuestas-legislativas-de-morena\/","title":{"rendered":"Presentan iniciativa para blindar propuestas legislativas de Morena"},"content":{"rendered":"\n<p>Por:SemM\u00e9xico<\/p>\n\n\n\n<ul><li><strong><em>En el Senado ya se present\u00f3: improcedentes las controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad<\/em><\/strong><\/li><li><strong><em>El PAN dice que se trata de una \u201cconfesi\u00f3n de parte\u201d y asegura que reforma judicial puede ser eliminada<\/em><\/strong><\/li><\/ul>\n\n\n\n<p>Redacci\u00f3n<\/p>\n\n\n\n<p>SemM\u00e9xico, Cd. de M\u00e9xico, 22 de octubre 2024.- Una iniciativa que blinda las propuestas de la 4T fue presentada hoy en el Senado por Ad\u00e1n Augusto L\u00f3pez Hern\u00e1ndez, lo que levant\u00f3 una enorme pol\u00e9mica entre la diputaci\u00f3n opositora.<\/p>\n\n\n\n<p>La iniciativa establecer con claridad que son improcedentes las controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad, que tengan por objeto controvertir las adiciones o reformas a la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, dice el comunicado de prensa del Senado de la Rep\u00fablica.<\/p>\n\n\n\n<p>En ese sentido, el diputado de Acci\u00f3n Nacional, El\u00edas Lixa Abimerhi, se\u00f1al\u00f3 que una eventual iniciativa en materia de \u201csupremac\u00eda constitucional\u201d para impedir acciones de inconstitucionalidad y juicios de amparo, evidencia que con el marco jur\u00eddico que actualmente nos rige se puede eliminar reforma al Poder Judicial.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Entra la iniciativa en el Senado<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>L\u00f3pez Hern\u00e1ndez dijo que dicha improcedencia tambi\u00e9n debe incluir al proceso deliberativo, legislativo y correlativa votaci\u00f3n de las reformas a la Carta Magna, as\u00ed como aquellas que busquen controvertir las resoluciones o declaraciones de las autoridades competentes en materia electoral.<\/p>\n\n\n\n<p>El proyecto de decreto, que tambi\u00e9n fue suscrito por el senador Gerardo Fern\u00e1ndez Noro\u00f1a y los diputados Ricardo Monreal \u00c1vila y Sergio Guti\u00e9rrez Luna, del Grupo Parlamentario de Morena, reforma los art\u00edculos 1, 103, 105 y 107 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica.<\/p>\n\n\n\n<p>L\u00f3pez Hern\u00e1ndez destac\u00f3 que, en nuestro dise\u00f1o constitucional, las reformas a la Constituci\u00f3n son el resultado de un amplio proceso deliberativo, una decisi\u00f3n pol\u00edtica colectiva, revestida de una dignidad democr\u00e1tica especial.<\/p>\n\n\n\n<p>Las reformas a la Carta Magna, asent\u00f3, no son y nunca han sido equiparables a cualquier acto legislativo, pues su resultado modifica los par\u00e1metros de validez del resto del orden jur\u00eddico mexicano y sujeta la actuaci\u00f3n de todas las autoridades del Estado.<\/p>\n\n\n\n<p>En esa l\u00f3gica, el Poder Judicial de la Federaci\u00f3n tiene a su cargo la defensa de la Constituci\u00f3n, a trav\u00e9s de la interpretaci\u00f3n y aplicaci\u00f3n de \u00e9sta, pero no su modificaci\u00f3n, acot\u00f3 el legislador.<\/p>\n\n\n\n<p>De conformidad con el art\u00edculo 135 de la Constituci\u00f3n General, advirti\u00f3 Ad\u00e1n Augusto L\u00f3pez Hern\u00e1ndez, no le compete al Poder Judicial impedir el cambio constitucional, ni modificar la voluntad soberana del pueblo, a trav\u00e9s de los mecanismos dise\u00f1ados precisamente para la defensa del orden constitucional.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cEsa siempre ha sido una atribuci\u00f3n exclusiva del Poder Revisor de la Constituci\u00f3n, cuyos actos no son susceptibles de control judicial\u201d, consider\u00f3.<\/p>\n\n\n\n<p>El senador record\u00f3 que los preceptos constitucionales no pueden ser sometidos a una regularidad constitucional, a trav\u00e9s del juicio de amparo, ni a un control difuso de constitucionalidad, mediante los recursos establecidos en la ley, porque las normas que componen la Constituci\u00f3n constituyen la fuente de todo el ordenamiento jur\u00eddico y deben considerarse mandatos inmunes a cualquier tipo de control jurisdiccional.<\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s, las normas relativas a los derechos humanos se interpretan de conformidad con la Constituci\u00f3n Federal y con los tratados internacionales de la materia, lo que compone el bloque de constitucionalidad, pero en ning\u00fan caso pueden ser inaplicadas por medio de control de convencionalidad.<\/p>\n\n\n\n<p>En congruencia, en diversos precedentes y de forma reiterada, se\u00f1al\u00f3 el legislador, la Suprema Corte de Justicia de la Naci\u00f3n ha sostenido la improcedencia de los medios de control de las reformas constitucionales, puesto que el Poder Reformador de la Constituci\u00f3n es soberano y no puede ser revisado judicialmente.<\/p>\n\n\n\n<p>As\u00ed, enfatiz\u00f3, las reformas constitucionales no son susceptibles de control jurisdiccional, ya que el \u00f3rgano reformador encuentra el control en s\u00ed mismo, constituyendo una funci\u00f3n soberana que no est\u00e1 sujeta a ning\u00fan tipo de control externo, porque en la conformaci\u00f3n del Constituyente Permanente y en la atribuci\u00f3n exclusiva conferida por el art\u00edculo 135 constitucional, se encuentra su propia garant\u00eda.<\/p>\n\n\n\n<p>De esta manera, L\u00f3pez Hern\u00e1ndez plante\u00f3 que las normas relativas a los derechos humanos se interpreten de conformidad con la Constituci\u00f3n y con los tratados internacionales de la materia, favoreciendo en todo tiempo a las personas la protecci\u00f3n m\u00e1s amplia, \u201cpero en ning\u00fan caso pueden ser inaplicadas por medio de control de convencionalidad\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Y establecer con claridad que no procede el juicio de amparo contra adiciones o reformas a esta Constituci\u00f3n, incluyendo su proceso deliberativo, legislativo y correlativa votaci\u00f3n, as\u00ed como aquellas que busquen controvertir las resoluciones o declaraciones de las autoridades competentes en materia electoral.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Con el actual marco jur\u00eddico se puede eliminar reforma judicial: El\u00edas Lixa<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El diputado El\u00edas Lixa Abimerhi (PAN) afirm\u00f3 que una eventual iniciativa en materia de \u201csupremac\u00eda constitucional\u201d para impedir acciones de inconstitucionalidad y juicios de amparo, evidencia que con el marco jur\u00eddico que actualmente nos rige se puede eliminar reforma al Poder Judicial.<\/p>\n\n\n\n<p>Sostuvo que es la confesi\u00f3n de parte m\u00e1s evidente que podemos encontrar. Si ellos como partido necesitan reformar la Constituci\u00f3n para que el Poder Judicial no pueda entrar a este tipo de controversias (\u2026) Entonces, lo que tenemos realmente, es que el Poder Judicial, con la Constituci\u00f3n y con la ley vigente, puede entrar a las controversias y a las acciones de inconstitucionalidad en las reformas que se est\u00e1n tratando\u201d, sostuvo en declaraciones a representantes de medios de comunicaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Lixa Abimerhi dijo que \u201cen el futuro se tendr\u00e1n que resolver y discutir las reformas que se presenten, pero en el presente tenemos que asumir el marco jur\u00eddico que nos rige, y eso implica la posibilidad de que esta reforma sea desaparecida en t\u00e9rminos reales por el Poder Judicial.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cSi est\u00e1n queriendo hacer reformas para evitarlo, es porque hoy el marco jur\u00eddico a todas luces lo permite\u201d, reiter\u00f3.<\/p>\n\n\n\n<p>Asegur\u00f3 que \u201cque queda al descubierto que ellos ya mismo admiten que el marco jur\u00eddico permite lo que una y otra vez han dicho que no se puede. Y es que el Poder Judicial est\u00e1 en plenas facultades para revisar el tema que hoy les causa tanta pol\u00e9mica y que los ha llevado una serie de desacatos\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Lament\u00f3 que Morena busque convertir al Poder Judicial pr\u00e1cticamente en una tercera C\u00e1mara parlamentaria.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cLa justicia no es un asunto de representaci\u00f3n de los partidos pol\u00edticos, es el \u00faltimo dique para que las y los mexicanos podamos vivir con libertad\u201d, expres\u00f3.<\/p>\n<div class='share-to-whatsapp-wrapper'><div class='share-on-whsp'>Share on: <\/div><a data-text='Presentan iniciativa para blindar propuestas legislativas de Morena' data-link='https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/presentan-iniciativa-para-blindar-propuestas-legislativas-de-morena\/' class='whatsapp-button whatsapp-share'>WhatsApp<\/a><div class='clear '><\/div><\/div>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Por:SemM\u00e9xico En el Senado ya se present\u00f3: improcedentes las controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidadEl PAN dice que se trata de una \u201cconfesi\u00f3n de parte\u201d y asegura que reforma judicial puede ser eliminada Redacci\u00f3n SemM\u00e9xico, Cd. de M\u00e9xico, 22 de octubre 2024.- Una iniciativa que blinda las propuestas de la 4T fue presentada hoy en &hellip;<\/p>\n","protected":false},"author":5,"featured_media":195333,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_mi_skip_tracking":false},"categories":[19567],"tags":[45135,45134],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/195331"}],"collection":[{"href":"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-json\/wp\/v2\/users\/5"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=195331"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/195331\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":195334,"href":"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/195331\/revisions\/195334"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-json\/wp\/v2\/media\/195333"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=195331"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=195331"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=195331"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}