{"id":1913,"date":"2016-04-19T07:28:31","date_gmt":"2016-04-19T12:28:31","guid":{"rendered":"http:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/?p=1913"},"modified":"2016-04-19T07:28:47","modified_gmt":"2016-04-19T12:28:47","slug":"1913","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/1913\/","title":{"rendered":"Proceso promovido por MORENA contra el PRI cae &#8211; TEQROO dice inexistente la inobservancia a la norma electoral"},"content":{"rendered":"<p>Los integrantes del Pleno del Tribunal Electoral de Quintana Roo (TEQROO) en sesi\u00f3n convocada para las 18:00 horas de este d\u00eda, resolvieron un juicio ciudadano, dos juicios de inconformidad y un Procedimiento Especial Sancionador.<\/p>\n<p>Al resolver el Procedimiento Especial Sancionador radicado en el expediente PES\/007\/2016, promovido por el Partido Pol\u00edtico MORENA en contra del Partido Revolucionario Institucional, Mauricio G\u00f3ngora Escalante y Roberto Borge Angulo, el resolutivo aprobado por mayor\u00eda de los Magistrados, se\u00f1ala: inexistente la inobservancia a la normativa electoral objeto del procedimiento especial sancionador respecto de las conductas denunciadas atribuidas a los ciudadanos Roberto Borge Angulo, Jos\u00e9 Mauricio G\u00f3ngora Escalante y al Partido Revolucionario Institucional.<\/p>\n<p>En el caso del juicio registrado en el libro de gobierno con la clave JDC\/014\/2016, promovido por el ciudadano Diego Armando Guzm\u00e1n Dom\u00ednguez y Juan Jos\u00e9 Guzm\u00e1n Garc\u00eda, en contra de la Comisi\u00f3n Permanente Estatal y otras del Partido Acci\u00f3n Nacional en contra de la aprobaci\u00f3n por dicha comisi\u00f3n de la propuesta de candidatos a los cargos de Diputaci\u00f3n locales y Ayuntamientos, en el proyecto aprobado por unanimidad se propone declararlo fundado y, en consecuencia se ordena a la Comisi\u00f3n Jurisdiccional  Electoral del Partido Acci\u00f3n Nacional , resuelva las quejas de merito dentro del t\u00e9rmino de cuarenta y ocho horas, debiendo informar a esta autoridad de su cumplimiento, dentro del t\u00e9rmino de 24 horas a que ello tenga lugar.<\/p>\n<p>En el resolutivo, respecto al juicio del  expediente JIN\/015\/2016, promovido por los partidos Acci\u00f3n Nacional y de la Revoluci\u00f3n Democr\u00e1tica, impugnando el Acuerdo IEQROO\/CG\/A-078-16, de fecha quince de marzo del a\u00f1o en curso, mediante el que se aprob\u00f3 los dise\u00f1os de documentaci\u00f3n electoral para el proceso electoral ordinario local dos mil diecis\u00e9is, as\u00ed como el informe correspondiente, con voto un\u00e1nime aprobatorio del Magistrado Presidente Vivas Vivas, la Magistrada Cer\u00f3n Gonz\u00e1lez y el Magistrado Aguilar Rojas, el dictamen revoca el Acuerdo IEQROO\/CG\/A-078-16, emitido por el Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo, de fecha quince de marzo del a\u00f1o en curso, \u00daNICA y EXCLUSIVAMENTE respecto a lo se\u00f1alado en el inciso C) del Considerando S\u00c9PTIMO de la presente resoluci\u00f3n.<\/p>\n<p>Y se instruye al Instituto Electoral de Quintana Roo, para que tome las medidas necesarias para que la votaci\u00f3n que se reciba en las casillas especiales se sujete a lo establecido en el art\u00edculo 230 de la Ley Electoral de Quintana Roo; de conformidad con lo se\u00f1alado en el Considerando OCTAVO de la presente ejecutoria.<br \/>\nEl asunto referido fue,<\/p>\n<p>Y, por cuanto al expediente JIN\/017\/2016 relativo al Juicio de Inconformidad, promovido por el Partido Pol\u00edtico MORENA, en el cual los actores se inconformaron por el Acuerdo IEQROO\/CG\/A-112-16 del Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo, por medio del cual se determinaba improcedente la medida cautelar solicitada por el instituto pol\u00edtico MORENA en su escrito de queja radicado bajo el n\u00famero IEQROO\/Q-PES\/013\/2016, en el dictamen, aprobado por unanimidad del Pleno, se declara infundado lo alegado por el promovente, se\u00f1alando que el acuerdo impugnado fue emitido apegado a derecho y a los principios de legalidad y certeza, por lo cual se confirma dicho acuerdo.<\/p>\n<p>En otro punto, el Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo (IEQROO), aprob\u00f3 la noche del lunes el convenio de colaboraci\u00f3n con el Instituto Polit\u00e9cnico Nacional (IPN) para la elaboraci\u00f3n de la tinta indeleble para la jornada electoral del 5 de junio.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s la aprobaci\u00f3n del convenio de colaboraci\u00f3n con la Universidad Aut\u00f3noma Metropolitana relativo a la certificaci\u00f3n de tintas de seguridad.<\/p>\n<p>Entrevistada al t\u00e9rmino de la sesi\u00f3n, la consejera electoral, Mayra San Rom\u00e1n Carrillo Medina, se\u00f1al\u00f3 que el convenio consiste en que el IPN, por conducto de la Escuela Nacional de Ciencias Biol\u00f3gicas, se encargar\u00e1 de la producci\u00f3n y suministro del l\u00edquido colorante contenido en 404 envases de tipo plum\u00f3n y dos mil 22 tapas para aplicador.<\/p>\n<p>Indic\u00f3 que este productos ser\u00e1 utilizado exclusivamente para el &#8220;Proceso electoral local ordinario 2016&#8221;, de acuerdo con las especificaciones t\u00e9cnicas se\u00f1aladas en el convenio.<\/p>\n<p>Asimismo, explic\u00f3 que el producto se empacar\u00e1, en cuanto al l\u00edquido colorante, en ocho cajas con 50 unidades y 250 tapas para aplicador, y una caja con cuatro unidades y 22 tapas para aplicador.<\/p>\n<p>Agreg\u00f3 que cada envase estar\u00e1 en bolsa de pl\u00e1stico y con cierre herm\u00e9tico, deber\u00e0 cumplir con la fecha de entrega del l\u00edquido colorante en envases tipo plum\u00f3n, y tapas para aplicador, conforme a lo estipulado.<\/p>\n<p>En relaci\u00f3n al convenio de colaboraci\u00f3n con la Universidad Aut\u00f3noma Metropolitana Unidad Xochimilco (UAM-X), la consejera presidenta dijo que el objetivo es establecer los t\u00e9rminos mediante los cuales la UAM-Xochimilco se compromete a llevar a cabo la certificaci\u00f3n de calidad y las caracter\u00edsticas del l\u00edquido indeleble que ser\u00e1 utilizado en la jornada electoral del 5 de junio, en el Estado de Quintana Roo.<\/p>\n<p>Refiri\u00f3 que durante la fabricaci\u00f3n del l\u00edquido indeleble, la UAM-X tendr\u00e1 a su cargo el control de calidad, tanto de las materias primas que se utilicen del l\u00edquido indeleble, como del producido a granel y del producto terminado, adem\u00e1s deber\u00e1 elaborar los an\u00e1lisis necesarios durante el proceso de fabricaci\u00f3n, a fin de certificar la calidad del l\u00edquido indeleble.<\/p>\n<p>Como una medida m\u00e1s de seguridad la consejera presidenta, Mayra San Rom\u00e1n Carrillo Medina, explic\u00f3 que para constatar que el l\u00edquido indeleble utilizado el d\u00eda de la Jornada Electoral es id\u00e9ntico al aprobado por el IEQROO, al t\u00e9rmino de la elecci\u00f3n se recoger\u00e1 el sobrante del l\u00edquido utilizado en aquellas casillas para ser analizado muestralmente por la UAM-X.<\/p>\n<p>Notimex <\/p>\n<div class='share-to-whatsapp-wrapper'><div class='share-on-whsp'>Share on: <\/div><a data-text='Proceso promovido por MORENA contra el PRI cae - TEQROO dice inexistente la inobservancia a la norma electoral' data-link='https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/1913\/' class='whatsapp-button whatsapp-share'>WhatsApp<\/a><div class='clear '><\/div><\/div>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Los integrantes del Pleno del Tribunal Electoral de Quintana Roo (TEQROO) en sesi\u00f3n convocada para las 18:00 horas de este d\u00eda, resolvieron un juicio ciudadano, dos juicios de inconformidad y un Procedimiento Especial Sancionador. 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