{"id":14163,"date":"2016-10-07T09:12:08","date_gmt":"2016-10-07T14:12:08","guid":{"rendered":"http:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/?p=14163"},"modified":"2016-10-07T09:12:59","modified_gmt":"2016-10-07T14:12:59","slug":"sancionaran-al-empresario-emilio-diaz","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/sancionaran-al-empresario-emilio-diaz\/","title":{"rendered":"Sancionar\u00e1n al empresario Emilio D\u00edaz por caso Arrecife Alacranes"},"content":{"rendered":"<p>La Procuradur\u00eda Federal de Protecci\u00f3n al Ambiente (Profepa) impondr\u00e1 multas al arrendador y al piloto del helic\u00f3ptero, as\u00ed como al propietario y patr\u00f3n de la embarcaci\u00f3n que realizaron acciones de aterrizaje y embarque en la Isla Blanca o P\u00e1jaros del Parque Nacional Arrecife Alacranes (PNAA), respectivamente, el pasado 30 de septiembre.<\/p>\n<p>La indagatoria a cargo de inspectores de la PROFEPA en el estado de Yucat\u00e1n se\u00f1ala que no hubo da\u00f1os a los ecosistemas ni la alteraci\u00f3n o destrucci\u00f3n de sitios de anidaci\u00f3n y alimentaci\u00f3n, refugio o reproducci\u00f3n de especies de vida silvestre o a los arrecifes coralinos de la isla.<\/p>\n<p>Como resultado de una inspecci\u00f3n realizada, del d\u00eda 3 al 5 de octubre, a denuncia presentada en redes sociales y por la Comisi\u00f3n Nacional de \u00c1reas Naturales Protegidas (Conanp), se estableci\u00f3 que el helic\u00f3ptero Bell 412, matr\u00edcula XA-EHP, de la empresa Heliservicios, arrendada por el empresario Emilio D\u00edaz Castellanos, aterriz\u00f3 en la zona n\u00facleo de esa \u00e1rea natural protegida (subzona de uso restringido), donde s\u00f3lo est\u00e1 permitido el aterrizaje con fines de manejo, vigilancia, investigaci\u00f3n o emergencia.<\/p>\n<p>Por su parte, el yate \u201cMaharani\u201d, propiedad del citado empresario, tampoco debi\u00f3 navegar en dicho sitio para embarcar a los pasajeros, lo que actualiza una segunda violaci\u00f3n legal y administrativa, de acuerdo a las restricciones que impone entre otras disposiciones la LGEEPA, su Reglamento y el Programa de Manejo, para ese tipo de actividades.<\/p>\n<p>Cabe se\u00f1alar que el nav\u00edo al mando de Javier Ricardo Rosel Manzano, contaba con permiso para ingresar al Parque Nacional.<\/p>\n<p>A mayor abundamiento, como lo establecen los t\u00e9rminos de su Programa de Manejo, en dicho Parque Nacional mar\u00edtimo, solo est\u00e1n permitidos aterrizajes o embarques en la denominada Isla P\u00e9rez, cercana a la Isla Blanca o P\u00e1jaros, lugar donde se registr\u00f3 el incidente.<\/p>\n<p>Los incumplimientos se\u00f1alados est\u00e1n estipulados de conformidad con la Ley General de Equilibrio Ecol\u00f3gico y Protecci\u00f3n al Ambiente, su Reglamento y el programa de manejo. Lo anterior, en virtud de que no est\u00e1 permitido el aterrizaje de aeronaves ni el fondeo de embarcaciones para el ascenso de pasajeros en esa isla.<\/p>\n<p>Asimismo, esta dependencia federal se\u00f1ala que ante los hechos ocurridos el pasado 30 de septiembre, se emplazar\u00e1 a un procedimiento al arrendador y piloto del helic\u00f3ptero as\u00ed como al propietario y el patr\u00f3n del yate, para en su caso aplicar multas que oscilan entre 50 y 50,000 unidades de medida.<\/p>\n<p>La inspecci\u00f3n de la Profepa a la Isla Blanca o P\u00e1jaros incluy\u00f3 la evaluaci\u00f3n tanto de los ecosistemas marino y terrestre, con especial atenci\u00f3n en la zona de aterrizaje y embarque, en atenci\u00f3n de una denuncia en redes sociales y de la Comisi\u00f3n Nacional de \u00c1reas Protegidas Naturales.<\/p>\n<p>El Parque Nacional Arrecife Alacranes fue decretado el 19 de julio de 1996 con una superficie de 333,786 ha, se caracteriza por ser un \u00e1rea importante de sitios de anidaci\u00f3n y descanso de aves marinas que cruzan la ruta del Golfo de M\u00e9xico, su riqueza biol\u00f3gica consiste en la presencia de 116 especies de aves, 136 de peces, 24 especies de tiburones y 34 de corales.<\/p>\n<p>En su interior existen cinco islas arenosas (Isla P\u00e1jaros o Blanca, Isla Chica, Isla Perez, Isla Muertos o Desertora e Isla Desterrada), Isla P\u00e9rez y sus alrededores son los sitios m\u00e1s utilizados por los pescadores, turistas e investigadores.<\/p>\n<p>En el Parque Nacional se permiten tan solo actividades tur\u00edsticas y recreativas como el buceo libre y aut\u00f3nomo, la pesca deportiva y el senderismo.<\/p>\n<p>Los hechos acontecidos hacen patente los supuestos establecidos en las normas aplicables. A saber en el art\u00edculo 83 del REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOL\u00d3GICO Y LA PROTECCI\u00d3N AL AMBIENTE, EN MATERIA DE \u00c1REAS NATURALES PROTEGIDAS, se prev\u00e9 que los visitantes y prestadores de servicios tur\u00edsticos en las \u00e1reas naturales protegidas deber\u00e1n cumplir con las reglas administrativas contenidas en el Programa de Manejo respectivo; asimismo en el art\u00edculo 88 fracci\u00f3n X inciso b) de dicho Reglamento se establece que se requerir\u00e1 de autorizaci\u00f3n por parte de la Secretar\u00eda para realizar dentro de las \u00e1reas naturales protegidas la actividad consistente en la recreaci\u00f3n en veh\u00edculos a\u00e9reos.<\/p>\n<p>La isla Alacranes y en particular la zona en la que aterriz\u00f3 la aeronave cuentan con se\u00f1alamientos que informan a los visitantes: \u201cEsta isla es sitio de anidaci\u00f3n de aves y tortugas marinas, por favor, no desembarque en esta isla, pues estas especies son muy sensibles a la presencia humana\u201d.<\/p>\n<p>La visita de particulares al parque nacional implica que sean con motivos tur\u00edsticos, a menos que el visitante aclare que el motivo de su visita es diverso; en este sentido los veh\u00edculos acu\u00e1ticos o a\u00e9reos que ah\u00ed lleguen; deben contar con una autorizaci\u00f3n para ingresar dichos veh\u00edculos para la prestaci\u00f3n de servicios tur\u00edsticos, aunque no aprovechen recursos silvestres y solo sirvan para recorridos de observaci\u00f3n en dicho parque.<\/p>\n<p>De acuerdo a los datos sobre los hechos ocurridos, se puede advertir que tanto el piloto de la nave como los pasajeros tienen el car\u00e1cter de visitantes en el parque nacional; sin embargo, no todos los pasajeros por el simple hecho de encontrarse en la misma cometen la conducta infractora.<\/p>\n<p>Lo anterior a excepci\u00f3n de quien rent\u00f3 la aeronave, este \u00faltimo llev\u00f3 a cabo la conducta infractora de manera conjunta con el piloto, por lo tanto, ambos deben ser considerados como responsables. Mismo criterio aplica para el propietario y patr\u00f3n del yate.<\/p>\n<p>Finalmente, es de resaltar que el mismo d\u00eda que el incidente se difundi\u00f3 en redes sociales, el se\u00f1or Emilio Diaz Castellanos, en escrito presentado ante la Delegaci\u00f3n Federal de la PROFEPA en el estado de Yucat\u00e1n, asumi\u00f3 plenamente la responsabilidad de los hechos.<\/p>\n<p>Bolet\u00edn de prensa.<\/p>\n<div class='share-to-whatsapp-wrapper'><div class='share-on-whsp'>Share on: <\/div><a data-text='Sancionar\u00e1n al empresario Emilio D\u00edaz por caso Arrecife Alacranes' data-link='https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/sancionaran-al-empresario-emilio-diaz\/' class='whatsapp-button whatsapp-share'>WhatsApp<\/a><div class='clear '><\/div><\/div>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Procuradur\u00eda Federal de Protecci\u00f3n al Ambiente (Profepa) impondr\u00e1 multas al arrendador y al piloto del helic\u00f3ptero, as\u00ed como al propietario y patr\u00f3n de la embarcaci\u00f3n que realizaron acciones de aterrizaje y embarque en la Isla Blanca o P\u00e1jaros del Parque Nacional Arrecife Alacranes (PNAA), respectivamente, el pasado 30 de septiembre. 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