{"id":126626,"date":"2020-05-29T14:55:54","date_gmt":"2020-05-29T19:55:54","guid":{"rendered":"http:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/?p=126626"},"modified":"2020-05-29T14:56:01","modified_gmt":"2020-05-29T19:56:01","slug":"los-retos-sobre-el-interes-superior-del-menor-frente-al-covid-19","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/los-retos-sobre-el-interes-superior-del-menor-frente-al-covid-19\/","title":{"rendered":"\u201cLOS RETOS SOBRE EL INTER\u00c9S SUPERIOR DEL MENOR FRENTE AL COVID-19\u201d."},"content":{"rendered":"\n<p><strong><em>S\u00cdNTESIS DE MESA PANEL \/ DR.RODRIGO IGNACIO ORTIZ ELJURE<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El pasado lunes 25 de mayo, el Colegio de Posgraduados en Derecho de Yucat\u00e1n (CPDY), tuvo la quinta parte de su Conversatorio \u201cRETOS JUR\u00cdDICOS E INSTITUCIONALES EN LA LUCHA CONTRA EL COVID-19 EN YUCAT\u00c1N\u201d, mismo que estuvo intitulado: \u201cLOS RETOS SOBRE EL INTER\u00c9S SUPERIOR DEL MENOR FRENTE AL COVID-19\u201d. Para dicho acto acad\u00e9mico se cont\u00f3 con la participaci\u00f3n de diversos especialistas de renombre que dieron un enfoque multidisciplinario al tema. El panel lo integraron: La Dra. Hilda P\u00e9rez Carbajal y Campuzano, quien se ha desempe\u00f1ado como Secretario Proyectista de la Sala en materia Familiar, en el Tribunal Superior de Justicia de la ciudad de M\u00e9xico, y es profesora de tiempo completo de licenciatura y posgrado de la Universidad Nacional Aut\u00f3noma de M\u00e9xico, y es autora de diversos libros y art\u00edculos de investigaci\u00f3n; el candidato a Doctor en Derecho Ricardo Alonso Rodr\u00edguez Morales, quien forma parte del poder judicial del Estado en el cual ha desempe\u00f1ado cargos como T\u00e9cnico Judicial, Actuario y Secretario de Acuerdos en diversos Juzgados, ha colaborado en el \u00e1rea administrativa en la Comisi\u00f3n de Administraci\u00f3n del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado y ha impartido clases en diversas Universidades Privadas, tanto en licenciatura como en Posgrado y finalmente, el Dr. Edgar Reyes Escalante Centeno, quien ha ocupado importantes cargos en ISSTEY y en el Gobierno del Estado, entre los que se destaca fue Director de Asuntos Jur\u00eddicos de Servicios de Salud y la Secretar\u00eda de Salud&nbsp; de Yucat\u00e1n, ha impartido clases en diversas Universidades Privadas, tanto en licenciatura como en Posgrado. El Panel fue moderado por el Dr. Rodrigo Ignacio Ortiz Eljure, Vicepresidente Regional para el Sureste Mexicano de la la Confederaci\u00f3n de Colegios y Asociaciones de Abogados de M\u00e9xico y Subdelegado en Yucat\u00e1n de la Organizaci\u00f3n Mundial de Abogados, Secretario de derecho Penal del CPDY y ex Defensor General de Yucat\u00e1n.<\/p>\n\n\n\n<div class=\"wp-block-image\"><figure class=\"aligncenter size-large is-resized\"><img loading=\"lazy\" src=\"https:\/\/i1.wp.com\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-content\/uploads\/2020\/05\/doctor-rodrigo.png?fit=618%2C348\" alt=\"\" class=\"wp-image-126627\" width=\"397\" height=\"223\" srcset=\"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-content\/uploads\/2020\/05\/doctor-rodrigo.png 1032w, https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-content\/uploads\/2020\/05\/doctor-rodrigo-300x169.png 300w, https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-content\/uploads\/2020\/05\/doctor-rodrigo-1024x576.png 1024w, https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-content\/uploads\/2020\/05\/doctor-rodrigo-768x432.png 768w\" sizes=\"(max-width: 397px) 100vw, 397px\" \/><\/figure><\/div>\n\n\n\n<p>La Dra. Hilda P\u00e9rez Carbajal y Campuzano, comenz\u00f3 definiendo el concepto de ni\u00f1o, aclarando que en M\u00e9xico no existe el concepto en la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de los Estados Unidos Mexicanos, para lo cual analiz\u00f3 diversa normativa internacional, y obtuvo su definici\u00f3n de la Convenci\u00f3n sobre los Derechos del Ni\u00f1o.<\/p>\n\n\n\n<p>De igual manera la Dra. P\u00e9rez Carbajal y Campuzano, realiz\u00f3 un an\u00e1lisis de los derechos de los ni\u00f1os en el \u00e1mbito nacional, y en forma espec\u00edfica de nuestra carta magna en los art\u00edculos 3\u00ba que al efecto consagra el derecho de todo individuo a recibir educaci\u00f3n, del art\u00edculo 4\u00b0 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de los Estados Unidos Mexicanos en el que se consagra el derecho a la satisfacci\u00f3n de las necesidades de alimentaci\u00f3n de los ni\u00f1os y las ni\u00f1as y garantiza tambi\u00e9n el derecho a la salud, educaci\u00f3n y sano esparcimiento para su desarrollo integral, del art\u00edculo 18 en el que se estipula que las personas menores de doce a\u00f1os que hayan realizado una conducta prevista como delito en la ley, s\u00f3lo ser\u00e1n sujetos a rehabilitaci\u00f3n y asistencia social, y del art\u00edculo 123, que regula el trabajo de los menores y de los mayores de catorce a\u00f1os y menores de diecis\u00e9is a\u00f1os tendr\u00e1n como jornada m\u00e1xima la de seis horas.<\/p>\n\n\n\n<p>La Dra. Carbajal y Campuzano realiz\u00f3 una&nbsp; breve menci\u00f3n a las instituciones jur\u00eddicas protectoras de los infantes, as\u00ed como de las Convenciones o Pactos firmados por el Estado Mexicano, analizando en forma espec\u00edfica la Convenci\u00f3n sobre los Derechos del Ni\u00f1o, de la cual refiri\u00f3 que fue adoptada en la Ciudad de Nueva York el 20 de noviembre de 1989, firmada por los Estados Unidos Mexicanos el 26 de enero de 1990 y publicada en el Diario Oficial el 25 de enero de 1991, y que establece que tanto los tribunales como las Instituciones P\u00fablicas o Privadas deben tomar todas las medidas tendientes al bienestar de los menores en base al inter\u00e9s superior de los NI\u00d1OS, debiendo escucharlos en los juicios que les afecten cuando tengan la madurez suficiente.<\/p>\n\n\n\n<div class=\"wp-block-image\"><figure class=\"aligncenter size-large is-resized\"><img loading=\"lazy\" src=\"https:\/\/i0.wp.com\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-content\/uploads\/2020\/05\/doctora-campuzano-2.png?fit=618%2C348\" alt=\"\" class=\"wp-image-126628\" width=\"378\" height=\"212\" srcset=\"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-content\/uploads\/2020\/05\/doctora-campuzano-2.png 1032w, https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-content\/uploads\/2020\/05\/doctora-campuzano-2-300x169.png 300w, https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-content\/uploads\/2020\/05\/doctora-campuzano-2-1024x576.png 1024w, https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-content\/uploads\/2020\/05\/doctora-campuzano-2-768x432.png 768w\" sizes=\"(max-width: 378px) 100vw, 378px\" \/><\/figure><\/div>\n\n\n\n<p>La ponente realiz\u00f3 una menci\u00f3n de la alienaci\u00f3n parental, como un acto en contra del inter\u00e9s superior del menor y por \u00faltimo realiz\u00f3 un an\u00e1lisis de la violencia familiar que constituye un acto en contra del inter\u00e9s superior del menor.<\/p>\n\n\n\n<p>En su intervenci\u00f3n el Mtro. Ricardo Alonso Rodr\u00edguez Morales, manifest\u00f3 que la pandemia de Covid-19 ha afectado la vida cotidiana en muchos aspectos, las acciones tomadas por los diversos \u00f3rganos de gobierno, atendiendo las recomendaciones sanitarias, han tenido un indiscutible impacto social.<\/p>\n\n\n\n<p>Precisamente, las acciones de gobierno, para mitigar los contagios, evitar la saturaci\u00f3n de hospitales, establecieron medidas, fuertes, en muchos casos pol\u00e9micas, pero al fin de cuentas, necesarias en la lucha contra la pandemia.<\/p>\n\n\n\n<p>El Mtro. Rodr\u00edguez Morales, refiri\u00f3 que la educaci\u00f3n a distancia a los NNA, tambi\u00e9n es una situaci\u00f3n inusitada para maestros, alumnos y padres, quienes conviven y se desarrollan en una nueva normalidad. Y lo peligroso que esto puede ser es la normalidad de la ausencia, con esto me refiero a la ausencia f\u00edsica de padres no presentes, sino de padres emocionalmente no disponibles.<\/p>\n\n\n\n<div class=\"wp-block-image\"><figure class=\"aligncenter size-large is-resized\"><img loading=\"lazy\" src=\"https:\/\/i0.wp.com\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-content\/uploads\/2020\/05\/doctor-ricardo.png?fit=618%2C348\" alt=\"\" class=\"wp-image-126629\" width=\"349\" height=\"196\" srcset=\"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-content\/uploads\/2020\/05\/doctor-ricardo.png 1032w, https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-content\/uploads\/2020\/05\/doctor-ricardo-300x169.png 300w, https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-content\/uploads\/2020\/05\/doctor-ricardo-1024x576.png 1024w, https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-content\/uploads\/2020\/05\/doctor-ricardo-768x432.png 768w\" sizes=\"(max-width: 349px) 100vw, 349px\" \/><\/figure><\/div>\n\n\n\n<p>El ponente indic\u00f3 que el pasado 13 de marzo, los Plenos del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura, publicaron el <em>aviso especial <\/em>relativo a las medidas de prevenci\u00f3n adoptadas por el Poder Judicial del Estado, con la finalidad de prevenir riesgos de contagio por Coronavirus (COVID19), sin embargo, con el avance de la enfermedad y la informaci\u00f3n disponible en ese momento con objeto de fortalecer las medidas de prevenci\u00f3n para proteger la salud tanto del personal que integra el Poder Judicial, como del p\u00fablico en general, los Plenos del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura, determinaron medidas adicionales a implementar en los \u00f3rganos jurisdiccionales y \u00e1reas administrativas.<\/p>\n\n\n\n<p>El Mtro. Rodr\u00edguez Morales, manifest\u00f3 que los servicios del Fondo Auxiliar para la Administraci\u00f3n de Justicia del Estado de Yucat\u00e1n, tampoco se detuvieron ya que siguieron y siguen prest\u00e1ndose de manera habitual para atender los tr\u00e1mites relativos a la recepci\u00f3n y pago de pensiones por alimentos. Lo anterior involucra las cajas del edificio de los Juzgados Familiares ubicados en la calle 35, si no que esto es todo el estado en los Juzgados Mixtos, as\u00ed como los Juzgados 6\u00ba y 7\u00ba de oralidad familiar, los cuales por estar en ubicaciones distintas al edificio principal otorgar dicho servicio para los expedientes que ah\u00ed se atiende, todos tienen guardias en el horario regular para tal efecto.<\/p>\n\n\n\n<p>De igual manera el ponente refiri\u00f3 los acuerdos que emitieron las autoridades judiciales en nuestro Estado en los que se privilegi\u00f3 el trabajo a distancia, haciendo uso de las herramientas tecnol\u00f3gicas y se establecieron guardias especiales por contingencia para \u00f3rdenes de protecci\u00f3n y las urgentes que involucren ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes, en caso de que la integridad de los infantes se encuentre en riesgo inminente, los tr\u00e1mites relativos a la recepci\u00f3n y pago de pensiones por alimentos.<\/p>\n\n\n\n<div class=\"wp-block-image\"><figure class=\"aligncenter size-large is-resized\"><img loading=\"lazy\" src=\"http:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-content\/uploads\/2020\/05\/juzgados-35-merida.jpg\" alt=\"\" class=\"wp-image-126630\" width=\"422\" height=\"228\" srcset=\"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-content\/uploads\/2020\/05\/juzgados-35-merida.jpg 550w, https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-content\/uploads\/2020\/05\/juzgados-35-merida-300x162.jpg 300w\" sizes=\"(max-width: 422px) 100vw, 422px\" \/><\/figure><\/div>\n\n\n\n<p>El Mtro. Rodr\u00edguez Morales, invit\u00f3 a consultar la p\u00e1gina de internet del Poder Judicial, con un Micrositio llamado Protecci\u00f3n a mujeres y personas v\u00edctimas de violencia ya que en este sitio se encuentra la informaci\u00f3n relacionada con el sustento legal, proceso y estad\u00edsticas sobre las \u00f3rdenes de protecci\u00f3n que los jueces del Poder Judicial otorgan a mujeres o cualquier integrante de la familia que pueda estar en riesgo o padeciendo alg\u00fan tipo de violencia.<\/p>\n\n\n\n<p>El ponente concluy\u00f3 su primera intervenci\u00f3n manifestando que los padres custodios tienen un peso muy importante en esta realidad y que para llevar a cabo la convivencia entre padres e hijos a distancia por medio tecnolog\u00eda tiene que intervenir la capacidad de di\u00e1logo y madurez de las partes para que en una situaci\u00f3n como la que estamos atravesando se puedan realizar. La colaboraci\u00f3n de las partes as\u00ed como de sus abogados pueden allanar el camino a fin de poder realizar estas visitas incluso sin necesidad de una orden judicial, mucho favorecer\u00e1 que los abogados promuevan estas alternativas, puesto que una situaci\u00f3n como la del COVID-19 al final de cuentas no es com\u00fan.<\/p>\n\n\n\n<p>Por su parte el Dr. Edgar Reyes Escalante Centeno, manifest\u00f3 que &nbsp;estamos atrasados en implementar las tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n para la impartici\u00f3n de justicia, <em><u>dicho confinamiento ha vulnerado los derechos humanos del menor que se encuentra sujeto a un convenio de convivencia ya que solo uno de los progenitores tiene la custodia&nbsp; y por no estar legislado el uso de la telefon\u00eda celular o las tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n para realizar video llamadas los menores est\u00e1n sufriendo tanto f\u00edsica como emocionalmente y psicol\u00f3gicamente con una probable alienaci\u00f3n parental, al no poder ver al menos por video llamada a alguno de sus progenitores,<\/u><\/em> y lo anterior es por respetar el derecho a la salud de los mismos menores, es en el momento que tambi\u00e9n nos damos cuenta que ya exist\u00edan padres que por motivo de su trabajo o casos de enfermedad no pueden estar con sus hijos los d\u00edas y horas que les corresponde y por no haber esta legislaci\u00f3n adecuada para el uso de las tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n la autoridad est\u00e1 vulnerando los derechos del menor, y condenando a uno de los progenitores por el incumplimiento de visitas al no cumplir con la convivencia.<\/p>\n\n\n\n<div class=\"wp-block-image\"><figure class=\"aligncenter size-large is-resized\"><img loading=\"lazy\" src=\"https:\/\/i1.wp.com\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-content\/uploads\/2020\/05\/doctor-edgar.png?fit=618%2C348\" alt=\"\" class=\"wp-image-126631\" width=\"433\" height=\"243\" srcset=\"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-content\/uploads\/2020\/05\/doctor-edgar.png 1032w, https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-content\/uploads\/2020\/05\/doctor-edgar-300x169.png 300w, https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-content\/uploads\/2020\/05\/doctor-edgar-1024x576.png 1024w, https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-content\/uploads\/2020\/05\/doctor-edgar-768x432.png 768w\" sizes=\"(max-width: 433px) 100vw, 433px\" \/><\/figure><\/div>\n\n\n\n<p>Tambi\u00e9n manifest\u00f3 se debe tomar en consideraci\u00f3n el <em>\u201cArticulo 2.- numeral 2.- de la Convenci\u00f3n&nbsp; Sobre los Derechos del Ni\u00f1o\u201d, el cual establece que \u201cLos Estados Partes tomar\u00e1n todas las medidas apropiadas para garantizar que el ni\u00f1o se vea protegido contra toda forma de discriminaci\u00f3n o castigo por causa de la condici\u00f3n, las actividades, las opiniones expresadas o las creencias de sus padres, o sus tutores o de sus familiares.\u201d<\/em><\/p>\n\n\n\n<p>Apoyado igualmente en el <em>Art\u00edculo 9\u00ba. Numeral 3.- De la Convenci\u00f3n Sobre los Derechos del Ni\u00f1o.- que dice: \u201cLos Estados Partes respetar\u00e1n el derecho del ni\u00f1o que est\u00e9 separado de uno o de ambos padres a mantener relaciones personales y contacto directo con ambos padres de modo regular, salvo si ello es contrario al inter\u00e9s superior del ni\u00f1o.\u201d<\/em><\/p>\n\n\n\n<p>En ese sentido,&nbsp; utilizando y apoy\u00e1ndose en las tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n as\u00ed como todas ciencias digitales en aras de otorgar una justicia equitativa moderna y sobre todo la protecci\u00f3n del Inter\u00e9s Superior del Menor.<\/p>\n\n\n\n<div class=\"wp-block-image\"><figure class=\"aligncenter size-large is-resized\"><img loading=\"lazy\" src=\"http:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-content\/uploads\/2020\/05\/video-llamadas-edgar-1.jpg\" alt=\"\" class=\"wp-image-126632\" width=\"382\" height=\"382\" srcset=\"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-content\/uploads\/2020\/05\/video-llamadas-edgar-1.jpg 960w, https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-content\/uploads\/2020\/05\/video-llamadas-edgar-1-300x300.jpg 300w, https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-content\/uploads\/2020\/05\/video-llamadas-edgar-1-150x150.jpg 150w, https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-content\/uploads\/2020\/05\/video-llamadas-edgar-1-768x768.jpg 768w\" sizes=\"(max-width: 382px) 100vw, 382px\" \/><figcaption><strong>Abogado Edgar Escalante Centeno propone ante Congreso del Estado de Yucat\u00e1n, que se utilicen Videollamadas como Medio de Convivencia del Menor.<\/strong><\/figcaption><\/figure><\/div>\n\n\n\n<p>En la ronda de conclusiones la Dra. Carbajal y Campuzano manifest\u00f3 lo siguiente: \u201cSE SUGIERE QUE EN BASE A LA IMPREVISI\u00d3N, SE INTRODUZCA EN&nbsp; EL C\u00d3DIGO FAMILIAR DEL ESTADO DE YUCAT\u00c1N, UN ART\u00cdCULO EN EL QUE SE REGULEN LAS OBLIGACIONES DE CRIANZA DE LAS PERSONAS QUE EJERCEN LA PATRIA POTESTAD O LA TUTELA, SOBRE SUS MENORES HIJOS O PUPILOS, COMO SE ESTABLECE EN EL ART\u00cdCULO 414 BIS DEL C\u00d3DIGO CIVIL PARA LA HOY CIUDAD DE M\u00c9XICO<\/p>\n\n\n\n<p>Tambi\u00e9n la ponente recomend\u00f3 que se introduzca en el C\u00f3digo de Procedimientos Familiares para el estado de Yucat\u00e1n, un cap\u00edtulo relativo a las controversias del orden familiar, que en el C\u00f3digo de Procedimientos Civiles de la ahora Ciudad de M\u00e9xico, se encuentra regulada en los art\u00edculos 940 a 956, en los que principalmente se determina en los art\u00edculos 941 y 942, que no s\u00f3lo se otorga al Juez de lo Familiar la facultad de suplir las deficiencias de las partes en sus planteamientos de Derecho, trat\u00e1ndose de menores y alimentos, sino tambi\u00e9n se le obliga a tomar todas las medidas necesarias tendientes a&nbsp;proteger a los menores precisamente en aras del inter\u00e9s superior de \u00e9stos,&nbsp;sin que se requieran formalidades especiales para acudir ante el Juez de lo Familiar cuando se solicite la declaraci\u00f3n, preservaci\u00f3n, restituci\u00f3n o constituci\u00f3n de un derecho o se alegue la violaci\u00f3n del mismo o el desconocimiento de una obligaci\u00f3n, trat\u00e1ndose de alimentos, educaci\u00f3n de hijos, oposici\u00f3n de padres y tutores, entre otros, y en general de todas las cuestiones similares que reclamen la intervenci\u00f3n judicial.<\/p>\n\n\n\n<div class=\"wp-block-image\"><figure class=\"aligncenter size-large is-resized\"><img loading=\"lazy\" src=\"https:\/\/i1.wp.com\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-content\/uploads\/2020\/05\/menores-en-contingencia-2.jpg?fit=618%2C348\" alt=\"\" class=\"wp-image-126633\" width=\"424\" height=\"238\" srcset=\"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-content\/uploads\/2020\/05\/menores-en-contingencia-2.jpg 1200w, https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-content\/uploads\/2020\/05\/menores-en-contingencia-2-300x169.jpg 300w, https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-content\/uploads\/2020\/05\/menores-en-contingencia-2-1024x576.jpg 1024w, https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-content\/uploads\/2020\/05\/menores-en-contingencia-2-768x432.jpg 768w\" sizes=\"(max-width: 424px) 100vw, 424px\" \/><\/figure><\/div>\n\n\n\n<p>Por su parte el Mtro. Rodr\u00edguez Morales concluy\u00f3 su intervenci\u00f3n con el argumento de que la lucha en contra de la pandemia por Codvid-19, ha planteado una nueva realidad, un aislamiento prolongado y una cotidianidad de lejan\u00eda y que debemos afrontar esta realidad con la consciencia de no habr\u00e1 una vuelta a la normalidad inmediata, y que no despertaremos libres de esta enfermedad. Sin embargo la construcci\u00f3n de una sociedad funcional depende de los seres humanos, debemos procurar que a los NNA a los que les ha tocado atravesar esta circunstancia lo hagan de tal manera que salgan fortalecidos. A reforzar los v\u00ednculos emocionales con aquellos con los que no tiene contacto. Ser padres generosos, que entiendan la importancia del amor en el desarrollo en un menor, m\u00e1s all\u00e1 de las barreras personales entre las partes.<\/p>\n\n\n\n<p>El Dr. Escalante Centeno concluy\u00f3 su participaci\u00f3n manifestando que se debe reformar y adicionar el art\u00edculo 321 del C\u00f3digo de Familia (iniciativa presentada al Congreso Estatal),<strong> <\/strong><em>PARA EL USO DE LA TECNOLOGIA DE TELEFONIA E INTERNET PARA REALIZAR VIDEO LLAMADAS PARA LA CONVIVENCIA DEL MENOR CON EL PROGENITOR QUE NO ES CUSTODIO, ESTO PARA EL RESPETO DE LOS DERECHOS DEL MENOR EN LA IMPARTICION DE JUSTICIA.<\/em><strong><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Tambi\u00e9n afirm\u00f3 el ponente se debe reformar el art\u00edculo 16 y adicionar el art\u00edculo 104 del C\u00f3digo de Procedimientos Familiares del estado de Yucat\u00e1n, relativos a <em>prevenci\u00f3n de violaci\u00f3n en los principios procesales y responsabilidad y&nbsp; obligaci\u00f3n del asesor.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p>Por \u00faltimo los tres ponentes contestaron diversas preguntas de los asistentes al evento, moderados por el Dr. Rodrigo Ignacio Ortiz Eljure, mencionando entre otras cosas aspectos importantes de la Teor\u00eda de la Imprevisi\u00f3n y aspectos fundamentales de la administraci\u00f3n de justicia.<\/p>\n\n\n\n<div class=\"wp-block-image\"><figure class=\"aligncenter size-large is-resized\"><img loading=\"lazy\" src=\"http:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-content\/uploads\/2020\/05\/JIMMY-PERFIL.png\" alt=\"\" class=\"wp-image-126634\" width=\"310\" height=\"311\" srcset=\"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-content\/uploads\/2020\/05\/JIMMY-PERFIL.png 958w, https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-content\/uploads\/2020\/05\/JIMMY-PERFIL-300x300.png 300w, https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-content\/uploads\/2020\/05\/JIMMY-PERFIL-150x150.png 150w, https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-content\/uploads\/2020\/05\/JIMMY-PERFIL-768x770.png 768w\" sizes=\"(max-width: 310px) 100vw, 310px\" \/><\/figure><\/div>\n\n\n\n<p>Ante lo anterior, el Presidente del CPDY, el Dr. Jimmy Humberto Mart\u00ednez Rodr\u00edguez, remarc\u00f3 que el CPDY ha sido la instituci\u00f3n m\u00e1s activa con eventos jur\u00eddicos en Yucat\u00e1n derivados de las m\u00e1s recientes teor\u00edas y an\u00e1lisis jur\u00eddicos., con la amplia participaci\u00f3n de los juristas del estado. Cabe resaltar que durante las intervenciones se cont\u00f3 con la participaci\u00f3n de m\u00e1s de 50 abogados que escucharon atentos las propuestas y el an\u00e1lisis cr\u00edtico que de ellas devino, el evento de igual manera fue transmitido por redes sociales, teniendo un alcance para juristas de todo M\u00e9xico.<\/p>\n<div class='share-to-whatsapp-wrapper'><div class='share-on-whsp'>Share on: <\/div><a data-text='\u201cLOS RETOS SOBRE EL INTER\u00c9S SUPERIOR DEL MENOR FRENTE AL COVID-19\u201d.' data-link='https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/los-retos-sobre-el-interes-superior-del-menor-frente-al-covid-19\/' class='whatsapp-button whatsapp-share'>WhatsApp<\/a><div class='clear '><\/div><\/div>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>S\u00cdNTESIS DE MESA PANEL \/ DR.RODRIGO IGNACIO ORTIZ ELJURE El pasado lunes 25 de mayo, el Colegio de Posgraduados en Derecho de Yucat\u00e1n (CPDY), tuvo la quinta parte de su Conversatorio \u201cRETOS JUR\u00cdDICOS E INSTITUCIONALES EN LA LUCHA CONTRA EL COVID-19 EN YUCAT\u00c1N\u201d, mismo que estuvo intitulado: \u201cLOS RETOS SOBRE EL INTER\u00c9S SUPERIOR DEL MENOR &hellip;<\/p>\n","protected":false},"author":10,"featured_media":126635,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_mi_skip_tracking":false},"categories":[20706],"tags":[21317],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/126626"}],"collection":[{"href":"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-json\/wp\/v2\/users\/10"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=126626"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/126626\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":126636,"href":"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/126626\/revisions\/126636"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-json\/wp\/v2\/media\/126635"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=126626"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=126626"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/visionpeninsular.com\/mid\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=126626"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}